jueves, 23 de julio de 2015

La "informalidad" de la AFIP para reglamentar normas, preocupa a los contadores y contribuyentes

Los problemas en la presentación de la declaración jurada online del Impuesto al Valor Agregado (IVA) fueron la gota que rebalsó el vaso.
Puntualmente, los contadores están en "pie de guerra" ante un inconveniente que se fue incrementando principalmente en los últimos meses: la -ya no tan esporádica- informalidad que implementa la AFIP a la hora de reglamentar las normas tributarias.
En otras palabras, en reemplazo de lo que debería ser el medio idóneo de reglamentación, es decir, una nueva resolución, el organismo opta por dar precisiones e ir más allá de los textos emitidos a través de los siguientes mecanismos:

  • Por medio del apartado "ABC - preguntas frecuentes" que se encuentra en la web del fisco nacional.
  • En la ayuda o los instructivos que se encuentran junto a cada aplicativo (software).
  • En los comunicados de prensa que se suben a la página web "Diálogo Fiscal" perteneciente a la AFIP.
  • En los resúmenes de las reuniones que mantienen los funcionarios del organismo con entidades como la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) o los distintos Consejos.
  • En las conferencias de prensa que brinda el administrador federal, Ricardo Echegaray.

Consultado al respecto, Alberto Romero, señaló que "si bien era habitual, que cada tanto, la AFIP precise algún detalle sobre las normativas vigentes a través de canales informales, actualmente la practica 'nociva' se convirtió en algo que se da -casi- semanalmente".
"Antes uno arrancaba el día leyendo el Boletín Oficial para tener un pantallazo de las novedades impositivas", explicó Romero.
"Ahora, se torna imposible controlar todas los mecanismos informales que usa el fisco: ver las preguntas y respuestas, leer que dijo Echegaray en sus conferencias de prensa, ver los instructivos de los aplicativos, consultar la web del fisco nacional y su apéndice Diálogo Fiscal, entre otras tareas", puntualizó el experto.



"Los profesionales no contamos con el tiempo necesario para ejercer esta rutina a diario", señaló el profesional.
"Más allá del tiempo que se tiene que destinar a chequear las distintas vías de 'reglamentación', cabe recordar que en la mayoría de las veces este tipo de precisiones no están amparadas bajo una normativa que las valide. Inclusive, es habitual que las precisiones que da el fisco a través de los canales informales excedan la letra de lo planteado en las resoluciones generales que abarcan".

Claros ejemplos
A fin de encontrar situaciones en las cuales la AFIP utilizó los canales informales de reglamentación, no se debe ir muy atrás en el tiempo.
Distintos blogs que reúnen a los contadores (Contadores en Red y Contadores en Interacción, entre otros) aportan más de un reciente ejemplo.
El primero que viene a la mente, refiere a la generalización de la factura electrónica. Originalmente, la implementación estaba pautada para el 1 de julio pasado. Horas antes de la entrada en vigencia, a través de un comunicado en la página Diálogo Fiscal, el fisco nacional estableció que "se permitía el uso de la factura manual hasta el 30 de septiembre próximo". En otras palabras, una prórroga de hecho hasta el 1 de octubre próximo.
La precisión también fue dada en la última reunión llevada adelante entre los expertos de la Facpce y los funcionarios de la AFIP. 
Del mismo resumen, dado a conocer por la Federación, se desprende un nuevo ejemplo de reglamentación informal. El mismo refiere a las sucesivas actualizaciones en el aplicativo que debe ser utilizado por los contribuyentes a la hora de informar las compras y ventas.
La respuesta textual del fisco fue la siguiente: "Se ha optado por informar los cambios en la página web de AFIP sin modificar de release en la versión 1.0 del aplicativo. Los cambios de release requieren de una resolución general y se considera innecesario emitir una nueva RG cuando se trata de cambios menores que afectan a pocos contribuyentes".
Un último ejemplo deja en claro la situación: ante una consulta de la Facpce sobre la posibilidad de que las Pyme continuen con las facturas manuales, la autoridad tributaria respondió lo siguiente:
Se ha agregado un cuadro informativo en la Página (Micrositio de Facturación Electrónica - Herramienta de Asistencia - Información de Facturación) en el cual se indica que estos contribuyentes puede emitir factura manual a quienes no sean consumidores finales.
Por lo tanto, tal como señalan en el blog Contadores en Interacción, "los contribuyentes deben navegar por toda la página de la AFIP hasta encontrar lo que debe estar expresado en una resolución general".

Fuente: www.iprofesional.com.ar

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