Pese a que el Gobierno introdujo un leve alivio en Ganancias
hace menos de un mes, el impuesto continúa siendo una preocupación para muchos
de los gremios que tienen que cerrar sus paritarias.
No es para menos. Es que aquellos empleados que están
obligados a afrontar el gravamen ven cómo sus ingresos se ven mermados y la
respuesta del Poder Ejecutivo apenas tuvo un efecto placebo.
Este es el motivo por el cual cada vez más sindicatos buscan
alternativas (siempre, claro está, dentro del marco de la legalidad) que les
permitan disminuir el impacto que tiene el tributo en el bolsillo de sus
afiliados.
En este escenario, los colegas consultados por iprofesional dieron cuenta de los requisitos que deben cumplir este tipo de
acuerdos que eximen del pago del gravamen a determinados conceptos salariales
para que sean válidos y no les generen dolores de cabezas en el futuro a
quienes reciben el beneficio.
Claves para liberar conceptos salariales
A la hora de evaluar la validez que pueden tener este tipo de
acuerdos, los especialistas consultados coinciden en la necesidad de cumplir
con el principio de legalidad: "toda exención debe ser prevista por ley,
ninguna norma de jerarquía inferior puede establecer un beneficio de este
tipo".
También aclaró que serían necesarios que se consuman otros
dos requisitos para que la exención tenga plena vigencia:
a) La firma de un acuerdo colectivo entre representantes de
los trabajadores (sindicatos) y empleadores (cámaras empresariales), ambas por
representación legal admitida.
b) La homologación de tal convenio por parte de la autoridad
administrativa correspondiente, en estos casos, el Ministerio de Trabajo.
De esta manera, si la ley habilita a que puedan incluirse
otros conceptos como no alcanzados por Ganancias, sería necesario que las
partes redacten un acuerdo (donde especifiquen qué quedará exento) y que el
mismo sea confirmado por el Gobierno.
La Ley 26.176, el puntapié inicial
Los especialistas consultados por este medio coinciden en
que la Ley 26.176 (sancionada en noviembre de 2006) marcó el camino en este
tipo de soluciones ante los reclamos por el peso del impuesto.
Javier Sabin, socio de Human Capital de EY Argentina,
explicó que a través de esta norma se dispuso que una serie de conceptos
salariales a abonar a empleados del área de explotación de petróleo (amparados
por la Convención Colectiva de Trabajo 396/2004) no resultan gravados y sujetos
a retención a los efectos de la determinación de Ganancias. "Así, este
gremio consiguió, hace ya casi nueve años, que se sancionara una ley nacional a
través de la cual se estableciera que determinados rubros se consideren no
gravados, tales como 'viandas', 'alimentación diaria' y las 'horas de viaje'",
puntualizó.
A su vez, esta norma dispuso que los conceptos alcanzados
por la eximición no sean exclusivamente los enumerados en el Convenio, sino
también aquellos que se originen "en toda otra norma convencional",
vinculada con la explotación petrolera.
"Bajo este escenario, los sindicatos de esta rama y las
cámaras respectivas han aprovechado la desgravación de distintos conceptos
salariales otorgados en los últimos años, con el aval del Ministerio de
Trabajo, quien homologaba los convenios en cuestión", remarcó el
especialista. Y recordó, a modo de ejemplo, que en diciembre de 2014 y abril de
2015, estas partes firmaron dos convenios donde se pacta abonar un pago único
no remunerativo y extraordinario, durante los primeros seis meses de 2015, el
cual resulta exento del Impuesto a las Ganancias por aplicación de la norma
citada.
Actualidad de otros gremios
Esto es lo que aspira alcanzar el gremio de Luz y Fuerza. No
obstante, necesitarán que el Congreso apruebe una nueva norma que exima las
horas extras a la hora de liquidar el gravamen. Algo que parece un poco
difícil.
Otros encontraron alternativas. Tal es el caso de los
pilotos, que cobraron un monto extra para compensar el dinero que les retenían
por Ganancias. El problema es que, para hacer esto, las empresas giraban fondos
a la mutual del sindicato, que se encargaba de repartirlos. Y esto, para
algunos expertos, está cerca de ser una maniobra elusiva.
Fuente: www.iprofesional.com
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